En la audiencia celebrada este lunes, la Juez consideró insuficientes las pruebas presentadas por la fiscalía. FOTOS: Alejandro García/PODERMX.

Daniel González Bejarano, detenido en el operativo del rancho Mena el pasado 16 de enero, se convirtió en la primera persona liberada de esos hechos después de que la jueza Hilda Maritza Morales Mercado decidiera que las pruebas presentadas por las representantes del Ministerio Público no eran suficientes para vincularlo.

González Bejarano logró salir absuelto gracias a la defensa armada por Elizabeth Campa.

Después del enfrentamiento entre manifestantes y agentes del orden en las inmediaciones de la planta cervecera de la firma estadounidense, González Bejarano logró salir absuelto gracias a la defensa armada por Elizabeth Campa, defensora pública asignada por el Estado, quien consiguió echar abajo el caso del Ministerio Público gracias al uso de un testigo,  una serie de imágenes conformada por ocho fotografías y un video de seis minutos aproximadamente de duración.

La Jueza, asignada en esta ocasión a la Sala 8 (aunque después se cambió la audiencia a la Sala 12) tomó la decisión de absolver de los tres delitos que buscaban imputarle al manifestante al no lograr las fiscales un caso convincente de que el hasta este lunes imputado participó en actos fuera de la ley durante el enfrentamiento que opositores a la cervcera y agentes de tres corporaciones de seguridad pública distintas tuvieron la semana pasada.

A González Bejarano se le acusaba de atacar con un tubo galvanizado al de nombre Erick Alberto Leyva, agente de la Policía Ministerial del Estado y cometer daños en maquinaria de la constructora que realiza la conexión de la tubería del complejo industrial extranjero y la toma de agua de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali (CESPM). Esto provocó que sobre él cayeran cargos por los delitos de daño de propiedad ajena, lesiones calificadas y delitos contra miembros de instituciones policíacas.

La defensora basó su argumentación en lo poco claro que resultaban los testimonios recabados por parte del Ministerio Público que identificaban supuestamente al imputado de haber sido el autor de los hechos señalados, lo cual resultó ya que en las imágenes proporcionadas por la abogada Campa en ninguna se logra una coincidencia convincente en color de vestimenta, tonalidad de piel, estatura ni descripción en general.

Además el testimonio de Alberto Viramoentes Iñiguez, testigo citado por la defensa, resultó vital para demostrar que González Bejarano no participó directamente en los hechos. Al final la juez decidió retirar los cargos y formular el Auto de no Vinculación a Proceso.

Las audiencias continuarán este martes 23 de enero; ahora en contra de otros dos imputados que fueron puestos en prisión como medida cautelar la semana pasada.

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