El Instituto Nacional Electoral (INE) presentó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) una acción declarativa, que se integró en expediente de Juicio Electoral, para que ésta determine con claridad el periodo de dos años de la nueva gubernatura de Baja California, conforme a la convocatoria original del proceso electoral y las sentencias consecutivas emitidas por el propio Tribunal.

Se trata de un primer recurso legal interpuesto por el INE en defensa de la certeza del proceso electoral celebrado en aquella entidad, en el que resultó ganador el hoy gobernador electo Jaime Bonilla, para el periodo que corre del 1 de noviembre de 2019 al 31 de octubre de 2021.

El INE, a través del Secretario Ejecutivo Edmundo Jacobo, presentó esta acción declarativa para efecto de que la Sala Superior disipe la incertidumbre jurídica derivada de la aprobación de la reforma a la Constitución del estado de Baja California que pretende ampliar el mandato hasta 2024, la cual fue hecha con posterioridad a las elecciones del 2 de junio y publicada después de la declaración de validez de las elecciones y la entrega de la constancia de mayoría, en la que claramente se señaló el periodo de mandato, por dos años.

La Sala Superior del TEPJF determinó en el expediente SUP-JRC-22/2019 dejar intocado el transitorio 8 del decreto 112, que modificó la Constitución Política de Baja California, en el sentido de que el periodo de duración del encargo del gobernador que resultara electo en el proceso electoral pasado en el estado sería por dos años.

No obstante, mediante el Decreto 351, por el que se reforma el artículo octavo transitorio del citado decreto 112 de la Constitución Política de Baja California –aprobado en julio y publicado hasta el pasado 17 de octubre–, se estableció que la Gubernatura electa en el proceso electoral de 2019 iniciará funciones el 1 de noviembre de 2019 y concluirá el 31 de octubre de 2024.

Cabe señalar que el Decreto 351 fue emitido con posterioridad a la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría respectiva, que fueron el resultado legítimo de la voluntad ciudadana, que no puede ser alterada.

En su recurso, el INE establece que es necesaria la intervención de la máxima autoridad jurisdiccional en la materia, porque se han puesto en entredicho los alcances de la participación política de la ciudadanía, produciéndose un entorno de incertidumbre incompatible con el carácter democrático y republicano de los
gobiernos electos popularmente.

Se considera procedente la acción declarativa, ya que están presentes los siguientes elementos:

  • Una situación que produzca incertidumbre o falta de seguridad en un
    posible derecho.
  • La posibilidad de que con esa situación se afecte o perjudique en
    cualquier modo el derecho.
  • El dictado de una sentencia de declaración de certeza clarificará, con precisión, los
    términos y alcances en los cuales se produjo el llamamiento a las urnas para renovar
    la gubernatura del estado de Baja California y, consecuentemente, los efectos de la
    voluntad ciudadana declarada en el cómputo de la entidad y materializada en la
    constancia de mayoría y validez que, en su oportunidad, fue emitida por el
    Organismo Público Local Electoral (OPLE).

El ejercicio de la acción declarativa otorgará a la ciudadanía y a las autoridades electorales la certeza respecto del periodo que efectivamente debe permanecer en el encargo el gobernador electo, ya que incorporar elementos de incertidumbre –como lo es modificar el periodo de un gobierno electo después de los comicios y de la declaración de validez del proceso electoral– podría producir un daño al electorado en su conjunto, al sistema democrático y a la función electoral que tienen a su cargo el Instituto Nacional Electoral y los organismos públicos locales electorales.

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