El joven menor de edad que quitó la vida a un ladrón con un arma de postas no deseó hacerlo originalmente, sino solo detenerlo; lamentablemente no fue así y por eso fue liberado, aplicando la excluyente de legítima defensa prevista en el Código Penal del estado, explicó Perla del Socorro Ibarra, procuradora de justicia de Baja California.

“La única situación que pudiera yo comentarles es que en este caso es que era un arma de aire, que el joven nunca pensó que pudiera ser letal por sus propias características. Desgraciadamente no fue así”, expresó la funcionaria de justicia.

Apuntó que en el Código Penal del Estado existen en total doce excluyentes legales a aplicar en dado caso que una persona cometa un delito. Lo que significa que no siempre se utilizará el concepto de legítima defensa, pero tampoco representa que siempre se excluya de una sanción a quien cometa un delito.

En este caso particular, indicó la ex magistrada del Poder Judicial, se realizaron varios peritajes para determinar cómo sucedieron los hechos, encontrando los agentes del Ministerio Público que las acciones del joven no fueron para quitarle la vida al ladrón originalmente.

“Aquí el Ministerio Público tiene que hacer un análisis de como sucedieron los hechos para ver si prospera o no prospera, es defensa legítima o cualquiera de las 12 excluyentes que existen el Código Penal” sostuvo Perla del Socorro Ibarra.

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