TIJUANA.- Un juez de oralidad penal ordenó la restitución provisional de un inmueble ubicado en la zona de El Monumento, en San Antonio de los Buenos, Tijuana, dentro de una causa penal relacionada con una investigación por el presunto delito de fraude procesal.

La determinación fue emitida el 31 de agosto de 2026 por el juez de oralidad penal Sergio Horta Espinoza, dentro de la causa penal 04484/2026, con NUC 04-2024-02951. La resolución señala como imputados a Ángel Fernando N y Javier N, respecto de quienes establece que existen datos suficientes para acreditar su probable participación en los hechos investigados.

De acuerdo con el documento judicial, la restitución provisional fue solicitada por los asesores jurídicos particulares de la parte moral ofendida y resultó procedente con base en los datos de prueba presentados ante el juez.

El inmueble está identificado en la resolución como un lote de fracción de terreno rústico sin construcción que anteriormente formaba parte del terreno conocido como El Monumento, ubicado en San Antonio de los Buenos, Tijuana, y cuenta con la clave catastral D-S 33-332.

La resolución establece que el Ministerio Público deberá realizar las gestiones necesarias para que los imputados entreguen voluntariamente el inmueble. El representante legal de la parte ofendida y sus asesores jurídicos podrán acceder al predio una vez realizada la restitución.

El juez también estableció un plazo inicial de 12 horas para la restitución y, en caso de resultado negativo, autorizó al fiscal un periodo adicional de tres días naturales para proceder de manera oficiosa.

Si la entrega voluntaria no se concreta, el Ministerio Público quedó facultado para dirigir la diligencia y hacer uso de la fuerza pública estrictamente necesaria para cumplir la resolución, bajo su responsabilidad. El juez ordenó además que se salvaguarde la integridad de las personas y se respeten los derechos humanos, con especial atención a niños, mujeres, adultos mayores y otros grupos vulnerables.

Al concluir la diligencia, el Ministerio Público deberá levantar un acta circunstanciada en la que quede asentado lo ocurrido durante la ejecución de la restitución.

Un conflicto que trasciende la disputa inmobiliaria

El caso vuelve a poner bajo la lupa los conflictos relacionados con la propiedad y posesión de inmuebles, particularmente cuando una controversia puede involucrar de manera simultánea a autoridades catastrales, administrativas, registrales, fiscalías y tribunales.

Cuando existen actuaciones contradictorias o procedimientos paralelos, una disputa sobre un inmueble puede prolongarse y generar incertidumbre jurídica para quienes reclaman su propiedad o posesión.

En este caso, la resolución judicial constituye un paso relevante dentro del procedimiento penal, pero no representa por sí misma una resolución definitiva sobre la responsabilidad penal de los imputados ni necesariamente el cierre de la controversia inmobiliaria.

Ahora el punto central será determinar si la restitución provisional se ejecuta en los términos ordenados por el juez y si las partes utilizan los recursos legales que correspondan en caso de inconformidad.

La resolución también deja claro que la eficacia de una determinación judicial depende de su cumplimiento por parte de las autoridades encargadas de ejecutarla. Cualquier actuación posterior deberá desarrollarse dentro de las competencias legales correspondientes y sin contradecir lo ordenado por el órgano jurisdiccional.

La resolución fue firmada electrónicamente por el juez Sergio Horta Espinoza, según consta en la hoja de evidencias criptográficas del Tribunal Electrónico del Poder Judicial del Estado de Baja California.

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