Mexicali, Baja California.- A fuertes sanciones económicas y hasta ocho años de prisión podrían hacerse acreedores los propietarios y/o responsables de empresas agroindustriales que operan al margen de la Ley o realizan prácticas ilegales que pongan en riesgo la salud de los residentes del Valle de Mexicali y la ciudad.

Así lo advirtió el titular de la Unidad Regional de Protección contra Riesgos Sanitarios, Marco Aurelio Gámez Servín, al referirse a una serie de denuncias que han sido recibidas en la dependencia a su cargo en torno a malas prácticas
sanitarias de algunas empresas de este giro.

El funcionario aseguró que “nada, ni nadie está por encima de la Ley, cuando se pone en riesgo la salud de la población” y por ello, se inició un intenso operativo por parte de personal a su cargo en las empresas agroindustriales que existen en la entidad.

De acuerdo a lo que establece el Artículo 457 de la Ley General de Salud, precisó Gámez Servín, podrían aplicarse sanciones que van desde los 100 y hasta los dos mil días de Salario Mínimo General Vigente y de uno a ocho años de prisión para quienes pongan en riesgo la salud de la población.
El titular de la Unidad Regional de Coepris, señaló que derivado de una serie de denuncias presentadas por residentes del Valle de Mexicali que se han visto afectados por los productos agroquímicos -plaguicidas, nutrientes vegetales y materiales tóxicos o peligrosos-, así como de agricultores que manifiestan recibir productos de dudosa calidad, la dependencia a su cargo, inició un operativo en
este sector.

Explicó que algunos agricultores comentan que existen casos en que desconocen el contenido del producto que reciben y su legal procedencia, e incluso especifican que sospechan que se registra la práctica de re-empacado de sustancias que son
utilizadas para sus cultivos.

Ante tal situación, las autoridades de Protección contra Riesgos Sanitarios, decidieron iniciar el operativo dirigido a las empresas que comercialicen,
almacenen, produzcan y transformen algún producto agroquímico.
Los verificadores especializados en la materia y apegados a la Ley General de Salud y a las Normas Oficiales Mexicanas, dijo el funcionario, serán quienes
inspeccionen la operatividad de este giro comercial.

Cabe mencionar que la Ley General de Salud correspondiente a la Secretaría de Salud en el capítulo XII Artículos 278, 280, 281 y 282 emite los criterios para establecer la ley y las disposiciones aplicables, de acuerdo con el riesgo que representan directa o indirectamente para la salud humana, estableció finalmente Gámez Servín.

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