Ciudad de México.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, inició el análisis del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, así como de los artículos Segundo y Tercero Transitorios del Decreto por el que se adicionó el artículo referido, publicado el 11 de mayo de 2018.

En el mencionado precepto se prevé, sustancialmente, que el personal médico y de enfermería podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esa ley, sin que pueda invocarse cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.

El Pleno debe decidir si las normas impugnadas —que reconocen el derecho del personal médico y de enfermería a la objeción de conciencia— son respetuosas o no del derecho de protección a la salud de las personas.

Durante esta sesión, el Pleno determinó el parámetro de control de la constitucionalidad y estudió el primer planteamiento de la accionante, concluyendo que las normas impugnadas no son violatorias de la Constitución General desde el punto de vista competencial.

Posteriormente, los Ministros y Ministras comenzaron la discusión sobre el tema de fondo, pero dado lo avanzado de la hora, se levantó la sesión. El estudio de este asunto continuará en la próxima sesión del Pleno de la SCJN.

Grupos antiaborto se manifiestan contra fallo

Organizaciones provida se manifestaron este lunes en las calles de la Ciudad de México tras el fallo de la SCJN.

Personas que vestían colores azul celeste, portaban globos, imágenes religiosas y cartulinas con la leyenda “salvemos las dos vidas”, manifestaron su rechazo al fallo histórico de la Corte.

Al menos un centenar de manifestantes recorrieron las calles con el grito de “vida sí, aborto no”, en respuesta a la decisión unánime de la Suprema Corte.

Entre rezos y consignas que defendían la vida, llegaron hasta las puertas de la SCJN para manifestar su rechazo a las resoluciones de los magistrados.

Incluso, algunos manifestantes mostraron videos de un embrión en gestación para expresar su desacuerdo con el fallo de la Corte, que hasta ahora solo invalida el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, pero abre la puerta para que jueces protejan a las mujeres en el resto del país basados en esta resolución.

El aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado en cuatro de las 32 entidades del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

También la semana pasada, los 11 ministros del pleno de la Corte invalidaron la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa, que establecía que “el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido”.

El domingo, la Iglesia Católica criticó la decisión de la Suprema Corte la cual, según la institución, propicia el “machismo” y la “muerte”.

“Genera una visión machista más fortalecida, pues deja el problema de un embarazo inesperado a la mujer, sola, con todas las opciones abiertas para y sin opciones reales de apoyo para dar vida. En México, la ley se encamina a favorecer la muerte”, expresó.

El mismo domingo, el Gobierno pidió revisar las 432 carpetas de investigación abiertas por el delito de aborto este año en el país.

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